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Guía factura electrónica · Actualizada en octubre de 2026

Qué es la factura electrónica y cuándo será obligatoria para ti

La factura electrónica no se lee: se procesa. Sale de tu programa y llega al de tu cliente sin que nadie la teclee. Ya es obligatoria si tu sociedad factura a la Administración y pronto lo será entre empresas. Aquí tienes qué es, a quién le toca, desde cuándo y cómo hacerla.

Te lo contamos quienes la generamos cada día en nuestro propio programa.

Desde 2015

Obligatoria para las sociedades que facturan a la Administración

12 meses

Tras la orden de la AEAT, para empresas que facturan más de 8 millones

24 meses

Tras esa misma orden, para autónomos y el resto de empresas

En resumen

La factura electrónica obligatoria no es un PDF por email. Es un fichero estructurado (Facturae, UBL u otro formato admitido), firmado o protegido para que no se pueda tocar, que se envía por una plataforma y que el programa de quien la recibe puede leer sin que nadie copie datos a mano.

Hoy es obligatoria cuando una sociedad factura a la Administración, a través de FACe. Con la Ley Crea y Crece y su reglamento, el Real Decreto 238/2026, lo será también entre empresas: 12 meses después de la orden ministerial de la solución pública de la AEAT para las que facturan más de 8 millones, y 24 meses después para autónomos y el resto.

Qué es

Qué es una factura electrónica, sin jerga

Una factura electrónica es una factura que se emite, se envía y se recibe en formato electrónico. Hasta ahí, cualquier PDF que mandas por email cumpliría, y de hecho el reglamento de facturación lo acepta si tu cliente está de acuerdo y se puede garantizar que nadie lo ha tocado.

Pero cuando se habla de la factura electrónica obligatoria, se habla de otra cosa: de un fichero estructurado, normalmente un XML, en el que cada dato tiene su etiqueta. Quién factura, a quién, qué, cuánto IVA y cuánto en total. Un PDF lo lee una persona. Un XML lo lee el programa de tu cliente, que puede contabilizarlo sin que nadie lo vuelva a teclear.

Ese fichero va firmado, o protegido por la plataforma por la que viaja, para que no se pueda cambiar por el camino. Y no se manda por email: se envía por un canal pensado para eso, como FACe cuando el cliente es la Administración.

Manos revisando una factura en papel junto a un portátil abierto sobre la mesa
El PDF lo lee una persona. La factura electrónica la lee el programa de tu cliente.

No la confundas con Verifactu. Verifactu obliga a tu programa a registrar cada factura con una huella y un QR, y Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 que será obligatorio en octubre de 2028 (falta que se publique en el BOE). La factura electrónica trata de en qué formato y por qué canal le llega la factura a tu cliente. Son dos normas distintas que se suman. Lo explicamos en Verifactu y factura electrónica y en nuestra guía Qué es Verifactu.

Cómo funciona una factura electrónica

Paso 01

Emites la factura

Desde tu programa de facturación, como siempre. Lo que cambia es lo que hace el programa con ella después.

Paso 02

Se convierte en XML

El programa la guarda en un formato estructurado, como Facturae, con cada dato en su sitio: emisor, cliente, líneas, IVA, total.

Paso 03

Se firma y se envía

Se firma con certificado digital o se protege por la plataforma, y viaja por FACe, por una plataforma privada o por la solución pública de la AEAT.

Paso 04

Tu cliente la recibe

Su programa la lee sola y, en la factura entre empresas, te devuelve su estado: aceptada, rechazada o pagada.

Cómo viaja una factura electrónica Emites la factura, tu programa la convierte en un XML firmado, viaja por FACe, una plataforma o la solución pública de la AEAT, tu cliente la recibe y le devuelve su estado: aceptada y pagada. 01 · EMITES FAC-2026-0412 desde tu programa 02 · FORMATO .XML Facturae firmada ✓ 03 · VIAJA POR FACe · plataforma · AEAT nadie la teclea a mano 04 · LA RECIBE Tu cliente su programa la lee solo 05 · ESTADOS Aceptada · Pagada te llega el aviso
El viaje de una factura electrónica: del programa que la emite al programa que la recibe, sin pasar por las manos de nadie.

PDF, factura electrónica y Verifactu

Las tres cosas se mezclan a menudo. Esta es la diferencia, punto por punto:

Factura en PDFFactura electrónica Esta guíaVerifactu
Qué esUn documento pensado para que lo lea una persona.Un fichero con datos ordenados (XML) que el programa de tu cliente lee solo.Un requisito para tu programa de facturación, no un tipo de factura.
FormatoPDF, papel escaneado o imagen.Facturae, UBL, CII o EDIFACT.El que quieras, con código QR.
Firma o garantíaNo lleva ninguna por defecto.Firma electrónica u otro medio que garantice que no se ha tocado.Huella encadenada en cada registro.
Cómo llegaPor email o en mano.Por FACe, por una plataforma de intercambio o por la solución pública de la AEAT.El registro va a Hacienda; la factura, a tu cliente como siempre.
Cuándo es obligatoriaNunca lo es.Ya, si una sociedad factura a la Administración. Entre empresas, cuando entre en vigor el Real Decreto 238/2026.Octubre de 2028 para sociedades y autónomos (fecha anunciada, pendiente del BOE).
NormaReglamento de facturación.Ley 25/2013, Ley Crea y Crece y Real Decreto 238/2026.Real Decreto 1007/2023.

Fechas

Cuándo será obligatoria la factura electrónica

La obligación entre empresas no tiene todavía un día marcado en el calendario. El reloj empieza a correr cuando se aprueba la orden ministerial que pone en marcha la solución pública de la AEAT. Así ha ido y así irá:

15 ene 2015

Obligatoria con la Administración

Desde esta fecha, las sociedades que facturan a la Administración tienen que hacerlo con factura electrónica a través de FACe (Ley 25/2013).

29 sep 2022

Se publica la Ley Crea y Crece

La Ley 18/2022 obliga a todos los empresarios y profesionales a expedir, enviar y recibir facturas electrónicas entre ellos.

31 mar 2026

Se publica el reglamento

El Real Decreto 238/2026 explica cómo será el sistema: formatos, plataformas, solución pública y plazos. Entró en vigor el 20 de abril.

16 abr 2026

Proyecto de orden ministerial

Hacienda presenta el proyecto de orden que regula la solución pública de la AEAT. La orden definitiva se publicó en el BOE el 5 de octubre de 2026 y entra en vigor el 6 de octubre de 2026.

+12 meses

Empresas de más de 8 millones

Doce meses después de que entre en vigor la orden: empresarios y profesionales cuyo volumen de operaciones supere los 8 millones de euros.

+24 meses

Autónomos y el resto de empresas

Veinticuatro meses después de la orden: todos los demás, pymes, autónomos y profesionales, sea cual sea su facturación.

¿Y en fechas concretas? La orden se publicó en el BOE el 5 de octubre de 2026 y entra en vigor el 6 de octubre de 2026, así que la obligación llegará en octubre de 2027 para las empresas de más de 8 millones y en octubre de 2028 para autónomos y pymes. Lo contamos con más detalle en Facturación electrónica obligatoria.

A quién afecta

Quién está obligado a la factura electrónica

Hay que separar dos obligaciones: la que ya existe con la Administración y la que llega para las facturas entre empresas.

Ya es obligatoria si…
Será obligatoria para…
No te afecta si…

¿Y en el País Vasco y Navarra? La obligación es la misma, porque viene de una ley estatal. Lo que cambia es la solución pública, que se coordinará con las Haciendas forales. Si estás en Bizkaia, te interesa también Batuz en Bizkaia, que es otra obligación distinta.

Requisitos

Qué tiene que cumplir una factura electrónica

El Real Decreto 238/2026 entra en mucho detalle técnico. Traducido a lo que te va a afectar en el día a día, es esto:

Un formato estructurado

Facturae, UBL, CII o EDIFACT. Las plataformas privadas tienen que saber traducir entre todos ellos.

Que nadie la pueda tocar

Con firma electrónica avanzada o con los medios que garantice la plataforma. Para FACe, Facturae firmada con certificado.

Un canal de envío

Una plataforma privada, la solución pública de la AEAT o las dos. Las privadas mandan una copia en UBL a la AEAT al emitirla.

Los estados de la factura

Quien recibe la factura informa de si la acepta o la rechaza y de cuándo la paga, en un plazo máximo de cuatro días.

Un PDF de cortesía al principio

Las empresas de más de 8 millones tendrán que acompañar la factura de un PDF legible durante el primer año, salvo que el cliente renuncie.

Copias a mano durante 4 años

Quien recibe una factura electrónica puede pedir una copia sin coste durante los cuatro años siguientes a su emisión.

La solución pública de la AEAT será gratis. Lo dice el propio reglamento: el acceso y sus usos no tendrán coste. Funcionará además como archivo de todas las facturas. Si te conviene más que un programa lo analizamos en Solución pública de facturación electrónica.

Normativa

La ley de la factura electrónica

Si te lo pregunta tu gestoría o tienes que citarlo, estas son las normas que hay detrás:

Ley 25/2013

Factura electrónica con la Administración

Obliga a las sociedades a facturar a la Administración con factura electrónica y crea el punto general de entrada de facturas, FACe.

Ley 56/2007, art. 2 bis

Factura electrónica entre empresas

Es el artículo que añadió la Ley Crea y Crece: todos los empresarios y profesionales deberán expedir, enviar y recibir facturas electrónicas.

Ley 18/2022

Ley Crea y Crece

La ley de creación y crecimiento de empresas, que pone en marcha la obligación entre empresas.

Real Decreto 1619/2012

Reglamento de facturación

Dice qué es una factura y qué datos lleva. El RD 238/2026 le añade el artículo 8 bis sobre la factura electrónica obligatoria.

Real Decreto 238/2026

Reglamento de la factura electrónica

Formatos, plataformas, solución pública, estados de la factura y calendario. Publicado en el BOE el 31 de marzo de 2026.

Orden ministerial

Solución pública de la AEAT

Regula cómo funcionará la solución pública. Su entrada en vigor pone en marcha la cuenta atrás de 12 y 24 meses.

FACe

Cómo enviar una factura electrónica a la Administración

FACe es el punto general de entrada de facturas electrónicas de la Administración General del Estado. Muchas comunidades y ayuntamientos están adheridos; otros, como la Generalitat de Catalunya con eFACT, tienen su propio punto. El proceso es casi siempre el mismo:

Paso 01

Pide los códigos DIR3

Cada organismo tiene tres: oficina contable, órgano gestor y unidad tramitadora. Te los da el propio organismo y van dentro de la factura.

Paso 02

Genera el XML Facturae

Con tu programa de facturación o con la aplicación gratuita del Ministerio. Te contamos cómo en Descargar Facturae.

Paso 03

Fírmalo

Con tu certificado digital y AutoFirma, la aplicación gratuita de firma del Gobierno. Paso a paso en Firmar factura electrónica.

Paso 04

Súbelo a FACe

En el portal de proveedores de FACe, con tu certificado o Cl@ve PIN, o en el punto de entrada de tu comunidad o ayuntamiento si tiene el suyo. Desde ahí sigues en qué estado está.

¿Lo quieres con todo detalle? Te lo contamos en cómo enviar una factura a FACe, con el portal nuevo de 2026, los estados de la factura y los rechazos más típicos.

Si la factura es de hasta 5.000 €, pregunta antes al organismo. Muchos aceptan esas facturas en papel o en PDF, pero no todos. Y si eres una sociedad y la factura pasa de esa cifra, tiene que ir por FACe sí o sí.

Con Kiby

Cómo hacer una factura electrónica con Kiby

La factura electrónica está incluida gratis desde el plan Essentials Pro, de 29 € al mes. Así se hace hoy, paso a paso:

Paso 01

Da de alta al cliente

Si es un organismo público, guarda con él sus códigos DIR3 para no tener que buscarlos en cada factura.

Paso 02

Emite la factura como siempre

Desde el ordenador o el móvil. Kiby ya la registra en modalidad Verifactu, con su huella y su QR.

Paso 03

Descarga el XML Facturae

Un clic y tienes el fichero en el formato que pide la Administración, sin instalar el programa del Ministerio.

Paso 04

Fírmalo con AutoFirma

Con tu certificado digital. Es gratis y tardas menos de un minuto.

Paso 05

Súbelo a FACe

O al punto de entrada de tu comunidad o ayuntamiento. Hoy ese paso lo haces tú; Kiby no lo envía por ti.

Paso 06

Recibe las de tus proveedores

Súbelas a Kiby y el escáner con inteligencia artificial lee los datos solo, sin que tengas que teclearlos.

Próximamente: Kiby conectado a la solución pública de la AEAT. Estamos preparando la conexión con la solución pública y con las plataformas de intercambio para que, cuando la factura electrónica entre empresas sea obligatoria, la envíes y recibas sus estados desde Kiby, sin descargar ni subir nada.

Kiby

Factura electrónica y Verifactu en el mismo programa

Con Kiby emites tus facturas en modalidad Verifactu y descargas el XML Facturae para la Administración en un clic, desde el ordenador o el móvil. Con los cobros, los gastos y el TPV en el mismo sitio. Y cuando la factura electrónica entre empresas sea obligatoria, la enviarás desde Kiby.

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Dudas

Preguntas frecuentes sobre la factura electrónica

¿Qué es una factura electrónica?

Es una factura que se emite, se envía y se recibe en formato electrónico. Cuando se habla de la factura electrónica obligatoria, se trata de un fichero estructurado, como Facturae o UBL, firmado o protegido para que no se pueda modificar y enviado por una plataforma, de forma que el programa de quien la recibe pueda leerla sin teclear nada.

A efectos del reglamento de facturación, un PDF puede valer como factura electrónica si tu cliente lo acepta y se garantiza que no se ha modificado. Pero no sirve para facturar a la Administración por FACe ni servirá para la obligación entre empresas: ahí hace falta un formato estructurado como Facturae, UBL, CII o EDIFACT.

Con la Administración ya lo es para las sociedades desde 2015. Entre empresas, lo será 12 meses después de la entrada en vigor de la orden ministerial de la solución pública de la AEAT para quienes facturan más de 8 millones de euros, y 24 meses después para el resto. Ver el calendario.

Hoy, con la Administración, la ley no obliga a los autónomos, aunque pueden usarla. Entre empresas sí estarán obligados: 24 meses después de la orden ministerial de la solución pública, igual que las pymes.

Es el punto general de entrada de facturas electrónicas de la Administración General del Estado: la web por la que se envían las facturas a ministerios, organismos y a muchas comunidades y ayuntamientos adheridos. Desde 2026 los proveedores entran por el portal nuevo, proveedores.face.gob.es. Cómo enviar una factura a FACe.

Para facturar a la Administración, sí: la factura en Facturae se firma con firma electrónica avanzada basada en un certificado. Puedes hacerlo gratis con AutoFirma. En la factura entre empresas, la integridad también puede garantizarla la plataforma por la que se envía.

Sí. El Real Decreto 238/2026 establece que el acceso a la solución pública y sus distintos usos serán gratuitos. Lo analizamos en Solución pública de facturación electrónica.

Sí, gratis desde el plan Essentials Pro. Kiby genera el XML Facturae de cada factura para que lo firmes con AutoFirma y lo subas a FACe, y lee con IA las facturas de tus proveedores. Próximamente lo conectaremos con la solución pública de la AEAT para la factura entre empresas.

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